Registro
de Marcas, Nombres Comerciales y Señales de Propaganda.
En Costa Rica, para
efectos del procedimiento de inscripción de los signos del comerciante,
rige la "Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos", No.7978,
del 01 de febrero del 2000.
1.1. DEFINICIONES
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La marca es un signo arbitrario que empleado con relación a un producto o servicio, permite distinguirlo de otros ofrecidos en el mercado. El titular puede impedir que cualquier persona no autorizada utilice la misma marca, de manera que se evite una posible confusión por parte del consumidor, en particular respecto al origen empresarial de los productos o servicios, cuando hubiese riesgo de aprovechamiento indebido del prestigio del nombre de la marca u ocasione perjuicio de valor comercial.
-
El
nombre comercial es el nombre o la designación que identifica a la empresa de una persona natural o jurídica. Su protección se da en virtud de su primera adopción o uso público.
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La
señal de propaganda es toda leyenda, anuncio, lema, frase, combinación de palabras, diseño, grabado o cualquier otro medio similar, siempre que sea original y característico y que se emplee con el fin de atraer la atención de los consumidores o usuarios sobre un determinado producto, mercancía, empresa o establecimiento.
1.2. RECLAMO DE
PRIORIDAD
Al
presentarse la solicitud de registro en Costa Rica, es posible reclamar
un derecho de prioridad, que consiste en demostrar que el signo está
inscrito y es usado con anterioridad, en su país de origen, basado
en el Convenio de París para la Protección de la Propiedad
Industrial.
El Derecho de prioridad tiene una vigencia de 6 meses a partir del día
siguiente a la presentación de la solicitud.
* Válido para
marcas, nombres comerciales y señales de propaganda
1.3. VIGENCIA
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SIGNO
|
VIGENCIA |
| MARCA |
10
años a partir de la fecha de inscripción de la marca y puede ser renovada por períodos iguales |
| NOMBRE
COMERCIAL |
Indefinida |
| SEÑAL
DE PROPAGANDA |
Indefinida |
1.4. SERVICIOS
BRINDADOS
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Investigación de antecedentes.
-
Asesoría
integral para lograr la protección del signo inscrito.
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Preparación
y tramitación de solicitudes, renovaciones, transmisiones de
derechos, cambio de nombre de titular y otros.
-
Confección
e inscripción de contratos de Licencias de uso de signos distintivos
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